Aprovecha las deducciones antes del 31 de diciembre de 2024.
Ejemplo: aportaciones a planes de pensiones, obras en vivienda para mejorar eficiencia energética, etc.
Planes de pensiones:
Límite de aportación a planes individuales: 1.500 euros.
Si participas en planes empresariales, el límite puede ampliarse hasta 8.500 euros adicionales.
Deducción por compra o rehabilitación (si adquiriste antes de 2013): Hasta el 15% de lo invertido, con un límite de 9.040 euros anuales.
Neutralización de ganancias por venta de vivienda habitual:
Si reinviertes el dinero en otra vivienda habitual, no tributas las ganancias por la venta.
Mayores de 65 años o dependientes: Exentos de tributar por la venta de su vivienda habitual.
Ayudas directas:
Autónomos: 5.000 euros.
Empresas: Entre 10.000 y 150.000 euros según volumen de negocio.
Solicitud: En la Agencia Tributaria antes del 31 de diciembre de 2024.
Exenciones y beneficios locales:
Exención del IBI y reducciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre Sucesiones.
Bonificaciones por compra de vehículos y adquisición de inmuebles para reemplazar bienes dañados.
Para rentas altas:
Ahorros mayores por planes de pensiones y deducción por inversiones en empresas de nueva creación (hasta 50% de lo invertido, con un límite de 100.000 euros).
Para rentas bajas:
Deducción por alquiler (si tu contrato es anterior a 2015).
Deducción por maternidad: 1.200 euros anuales por hijo menor de tres años.
Obras para reducir consumo energético:
Deducción del 20% al 60% según el nivel de ahorro energético, con límites de entre 5.000 y 15.000 euros.
Instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos:
Deduce el 15% de la inversión, con un máximo de 4.000 euros.
Compensación de pérdidas:
Puedes restar pérdidas en bolsa u otros fondos de tus ganancias para reducir la base imponible.
Donativos a ONGs:
Deduce el 80% de los primeros 150 euros donados y el 40%-45% del resto, dependiendo de la regularidad de las aportaciones.
Nuevas reducciones del rendimiento neto en contratos de alquiler:
90%: En zonas tensionadas, si reduces el alquiler al menos un 5%.
70%: Alquiler a jóvenes o bajo programas de vivienda pública.
50%-60%: En otros casos.
Si tienes ingresos elevados, invierte en planes de pensiones y mejora tu vivienda.
Si eres autónomo o has sufrido daños por la DANA, solicita las ayudas fiscales disponibles.
Si tienes una vivienda en alquiler, revisa las nuevas reducciones aplicables desde 2024.
Para más detalles sobre cada medida, consulta laAgencia Tributaria.